Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta antes de llamar.

Y también lo que no se pregunta pero conviene saber. Si falta algo, escríbenos: respondemos igual.

Servicios y alcance

¿Qué es exactamente un diagnóstico de cumplimiento?

Una revisión de cómo está tu empresa hoy: qué datos personales tratas, qué documentos tienes, cuáles faltan, qué formación está registrada, qué obligaciones preventivas aplican y qué te han pedido clientes o administraciones en los últimos dos años.

El resultado es un documento de trabajo, no un informe de 90 páginas: mapa de riesgos, prioridades, responsable de cada acción y fecha orientativa.

¿Sustituís a mi servicio de prevención o a mi gestoría?

No. La evaluación de riesgos, la planificación preventiva y la vigilancia de la salud corresponden a tu servicio de prevención acreditado. Lo fiscal, laboral y contable, a tu gestoría. Nosotros cubrimos lo que suele quedar entre medias: la documentación que piden los clientes, la protección de datos, el canal de denuncias y la formación documentada.

¿Firmáis como abogados?

No. Prestamos consultoría técnica y de cumplimiento. Cuando el asunto requiere dirección letrada —un procedimiento sancionador, una reclamación judicial, un contrato complejo— lo decimos y se coordina con un abogado. No firmamos lo que no nos corresponde.

¿Trabajáis con empresas pequeñas?

Sí, siempre que la obligación exista o el riesgo sea real. Si eres autónomo sin plantilla y no tratas datos de terceros más allá de tu facturación, probablemente no necesites un plan mensual: te lo diremos y te daremos una lista de lo mínimo que debes tener.

¿Trabajáis fuera de Galicia?

Sí. La parte documental, la auditoría de web y la formación online se hacen en remoto en toda España. El acompañamiento presencial y las visitas de prevención se concentran en Vigo y su área metropolitana, con disponibilidad puntual en el resto de Galicia.

Protección de datos y canal de denuncias

¿Necesito un DPO?

No todas las empresas están obligadas. El RGPD lo exige cuando el tratamiento es a gran escala, cuando se tratan categorías especiales de datos de forma sistemática o cuando lo hace una autoridad pública. También puede ser obligatorio por normativa sectorial. Lo comprobamos y, si no es obligatorio, valoramos si te conviene tenerlo por volumen o por exigencia de clientes.

¿Está mi empresa obligada a tener un canal de denuncias?

La Ley 2/2023 lo exige, con carácter general, a partir de 50 trabajadores. También a empresas más pequeñas en sectores concretos: servicios financieros, prevención del blanqueo de capitales, seguridad del transporte, protección del medio ambiente y algunos más. Si no te aplica, te lo decimos antes de presupuestar.

Tengo un buzón de denuncias en la web. ¿Ya cumplo?

Probablemente no. La norma exige un sistema interno de información con procedimiento, responsable designado, plazos, registro de expedientes, garantías de confidencialidad y protección frente a represalias. Un correo genérico no cubre eso y puede generar responsabilidad si alguien denuncia y no hay respuesta.

¿Atendéis vosotros los derechos de acceso o supresión?

Sí, en los planes mensuales. Recibimos la solicitud, comprobamos la identidad, localizamos la información, preparamos la respuesta en plazo y dejamos constancia. Si la solicitud es compleja o afecta a un procedimiento judicial, se coordina con asesoría legal.

¿Qué pasa si hay una brecha de seguridad?

Se activa el protocolo: contención, valoración del riesgo, documentación y, si procede, notificación a la autoridad de control en 72 horas y comunicación a los afectados. Si no tienes protocolo escrito, ese es uno de los primeros documentos que redactamos.

Precios y contratación

¿Cuánto cuesta y qué incluye?

El diagnóstico son 690 € más IVA, pago único. El plan Esencial son 240 €/mes y el Integral 590 €/mes, sin IVA. Cada plan tiene su alcance detallado en la página de planes y precios. Lo que no esté ahí se presupuesta antes de hacerlo.

¿Hay permanencia?

No. Los planes mensuales se cancelan con 30 días de preaviso. El diagnóstico es un servicio cerrado y se factura una vez. Si en algún momento no hay trabajo que justifique la cuota, te lo diremos antes de que lo propongas tú.

¿Por qué no es más barato?

Porque no vendemos plantillas. Cada documento se adapta a tu actividad, cada formación se prepara con tus casos y cada revisión lleva el tiempo de leer lo que tienes. A 90 € al mes no se puede hacer eso: se puede enviar un PDF genérico y desear que nadie lo lea.

¿Puedo contratar solo la formación?

Sí. La formación se contrata de forma independiente, por grupo y con precio cerrado. No hace falta contratar un plan mensual.

¿Emitís factura y trabajáis con administraciones públicas?

Sí, facturamos con IVA y trabajamos con empresas privadas y entidades públicas. Para licitaciones, preparamos la documentación técnica y la memoria del servicio según los pliegos.

Formación y prevención

¿Los cursos son bonificables?

Algunos pueden serlo a través del sistema de formación para el empleo, pero depende de la modalidad, de la empresa y de la convocatoria vigente. Te indicamos qué comprobar antes de contratar y no prometemos bonificación sin confirmarla.

¿Qué documentación entregáis de cada curso?

Control de asistencia firmado, material adaptado, evaluación individual y certificado con contenido, duración y fecha. Todo en un expediente que puedes presentar a un cliente, a una inspección o a una auditoría.

¿Impartís cursos de altura, espacios confinados o PEMP?

No. Esa formación exige una entidad o persona habilitada y, en construcción, la tarjeta profesional correspondiente. Identificamos qué necesita cada persona, lo derivamos a quien puede impartirlo y comprobamos el certificado cuando llega.

¿Hacéis coordinación de seguridad y salud en obra?

Solo con designación formal del promotor y con la póliza y el alcance que correspondan. Es un encargo independiente, con visitas y precio propios. No está incluido en la cuota mensual ni se puede “regalar” desde la subcontrata.

¿Qué pasa si detectáis un riesgo grave e inminente?

Se comunica por escrito al empresario de inmediato, con la descripción del riesgo y la medida propuesta. La decisión de paralizar corresponde a la empresa; nosotros dejamos constancia de la comunicación y de la respuesta.